¿Qué requisitos son necesarios para adquirir una vivienda de protección oficial en Madrid?

febrero 4, 2020
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¿Conoces a alguien que haya conseguido una vivienda de protección oficial en Madrid? ¿Sabes cómo ha podido conseguirla?

Una vivienda de protección oficial en Madrid es una vivienda que reúne varias características acerca de las dimensiones máximas y precio máximo (de venta o renta), gracias a una calificación provisional del proyecto en cuestión y una posterior calificación definitiva. Como recompensa, el promotor de la vivienda consigue unas ayudas autonómicas y nacionales que le hacen poder asumir esa limitación en precio y de venta o alquiler.

¿Qué requisitos hay para conseguir una vivienda de protección oficial en Madrid?

Para conseguir acceder a una vivienda de protección oficial en Madrid hay que cumplir una serie de requisitos, pero no a posteriori, sino cuando la vivienda se adjudica. En el caso de tratarse de promociones individuales, estos requisitos hay que cumplirlos en el momento en el que se solicita la calificación de carácter provisional.

Existen dos tipos de vivienda de protección oficial en Madrid, las que se califican amparándose en el Decreto 74/2009 y las viviendas que lo hacen en el Decreto 11/2005, aunque básicamente, los requisitos son los mismos.

En el caso de que sean viviendas para venta o uso propio:

  1.  Tener la mayoría de edad y estar emancipado y tener la capacidad de firmar un contrato
  2. Tener la nacionalidad española o ser español
  3. Contar con ingresos familiares que no superen en 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para las viviendas de precio básico (VPPB) y de 7,5 el IPREM para las de precio limitado (VPPL)
  4. Tener reconocida la discapacidad o familia numerosa en caso de que se quiera conseguir de esta forma
  5. No tener otra vivienda de protección oficial en Madrid ni en otra parte de España

Si es una vivienda para alquilar:

  1. Ser español o residente
  2. Tener ingresos familiares que no superen en 5,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples
  3. No tener dos viviendas de protección oficial
  4. En caso de acceder a la vivienda como discapacitado o familia numerosa, acreditación legal

 

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